Gestación subrogada en Grecia. Resumen de la legislación sobre gestación subrogada

Gestación subrogada en Grecia. Resumen de la legislación sobre gestación subrogada

En Grecia, la gestación subrogada está prevista y autorizada por ley y regulada por las siguientes normas:

- Artículo 8 de la Ley griega 3089/2002 «Asistencia médica en reproducción asistida» (en adelante, Ley 3089/2002), aprobada el 19 de diciembre de 2002 por el Parlamento griego, que legalizó la gestación subrogada en Grecia;

- Artículo 13 de la Ley griega 3305/2005 «Aplicación de los métodos de reproducción médicamente asistida» (en adelante, Ley 3305/2005), que regula las condiciones para la creación y el funcionamiento de las Unidades de Reproducción Médicamente Asistida y los Bancos de Criopreservación. La ley también prevé la creación de una autoridad nacional independiente, así como sanciones penales y administrativas en caso de incumplimiento de la misma.

- La Ley griega 4272/2014 introdujo una innovación en el ámbito de la gestación subrogada en Grecia. El artículo 17 de esta ley abolió el requisito obligatorio de residencia permanente en Grecia como criterio de elegibilidad, permitiendo a los futuros padres no griegos solicitar legalmente la gestación subrogada.

Bajo el antiguo régimen legal (artículo 8 de la Ley 3089/2002), uno de los requisitos para la expedición de una autorización judicial para la gestación subrogada era que tanto la gestante como los futuros padres fueran ciudadanos o residentes obligatorios de Grecia.

El artículo 17 de la Ley 4272/2014 modificó el antiguo régimen al establecer que: «Los artículos 1458 y 1464 del Código Civil solo se aplicarán si el solicitante o la mujer que dará a luz al niño es residente permanente o temporal de Grecia».

- El Código de Conducta sobre Reproducción Asistida también establece disposiciones adicionales (Decisión n.º 73/24.01.01.2017, publicada en el Boletín Oficial del Gobierno n.º 293/02.07.2017), que fijan requisitos y condiciones específicos para las madres subrogadas;

- Artículos 1455-1460 del Código Civil griego (en adelante, el Código Civil).

Estos documentos estipulan una serie de condiciones cuyo cumplimiento es necesario para la realización de este tipo de técnicas de reproducción asistida (TRA).

Una de las condiciones principales es que el uso de las TRA solo está permitido con una orden judicial y sobre la base de un contrato de gestación subrogada (artículo 1458 del Código Civil griego).

Según el artículo 1456 del Código Civil griego, solo los matrimonios, las parejas heterosexuales en unión civil y las mujeres solteras tienen derecho a solicitar asistencia médica para el uso de las TRA. Las técnicas de reproducción asistida no están disponibles para parejas del mismo sexo ni para hombres solteros. Los futuros padres pueden ser ciudadanos griegos o residentes temporales.

Solo la madre biológica tiene derecho a solicitar la autorización judicial. Debe presentar un informe médico que confirme su infertilidad o incapacidad para concebir, gestar y dar a luz, y/o el riesgo de transmitir una enfermedad hereditaria grave (por ejemplo, anemia falciforme; art. 1455 del Código Civil) al niño. La edad de la madre biológica no debe superar los 54 años (art. 1455 del Código Civil, § 1, art. 4, Ley 3305/2005, § 1).

La madre subrogada también debe presentar un informe médico que confirme su buen estado de salud física y mental, y obtener el consentimiento médico para participar en el programa. Los requisitos especiales para una madre subrogada (edad, tener hijos propios, estar casada) en la legislación griega se establecen en el Código de Conducta para la Reproducción Médica Asistida (Decisión n.º 73/24.01.01.2017, publicada en el Boletín Oficial del Gobierno n.º 293/02.07.2017).

La Decisión 73/24.01.01.2017 regula el procedimiento de gestación subrogada y establece requisitos y condiciones específicos para las madres subrogadas. Según esta decisión, una madre subrogada debe tener entre 25 y 45 años, haber tenido al menos un hijo biológico y no haber tenido más de dos cesáreas.

Un requisito esencial es que la madre subrogada resida en Grecia. Tiene prohibido anunciar sus servicios, por lo que la búsqueda independiente de una madre subrogada es extremadamente difícil. Por lo tanto, la selección de madres subrogadas en Grecia se realiza principalmente a través de organizaciones especializadas.

Tras reunir toda la documentación necesaria, la madre biológica está obligada a presentar ante el tribunal un contrato de gestación subrogada, que establece los derechos y obligaciones de las partes no solo durante el embarazo, sino también después del nacimiento del niño. Este contrato se formaliza por escrito y lo firman la madre biológica y la gestante subrogada, así como sus cónyuges o parejas de hecho (si los hubiere).

De este modo, todas las personas que firman el contrato de gestación subrogada confirman su consentimiento a este tipo de técnica de reproducción asistida, así como la transferencia de la patria potestad a los padres biológicos inmediatamente después del nacimiento del niño. Según el artículo 1475 del Código Civil griego, el consentimiento de los cónyuges o parejas de hecho debe estar notariado.

Una condición indispensable para la celebración del contrato es la ausencia de antecedentes penales.